Noticias y Actualizaciones Importantes | julio 2026

Las leyes de inmigración y las decisiones de los tribunales están cambiando rápidamente. A continuación, compartimos algunas actualizaciones importantes que podrían afectarle a usted o a sus seres queridos.

 

La Corte Suprema de Estados Unidos confirmala ciudadanía por nacimiento Trump contra Barbara, y otros.

 

¿Qué Sucedió?

El 30 de junio de 2026, la Corte Suprema confirmó la ciudadanía por nacimiento,
sosteniendo que los niños “nacidos en los Estados Unidos de padres que se
encuentran en el país de manera ilegal o temporal están ‘sujetos a la jurisdicción’ de los
Estados Unidos y son ciudadanos al nacer” conforme a la cláusula de ciudadanía por
nacimiento de la Decimocuarta Enmienda. La decisión anuló la Orden Ejecutiva 14160,
emitida el 20 de enero de 2025, el primer día de Donald Trump en el cargo, que
intentaba poner fin a la ciudadanía por nacimiento para los niños nacidos en los
Estados Unidos de padres que se encontraban en el país de manera ilegal o que
estaban legalmente presentes, pero solo de forma temporal.


¿Quiénes son afectados?
Los ciudadanos estadounidenses que nacieron en los Estados Unidos de padres que
no tenían un estatus migratorio legal en el momento de su nacimiento o que se
encontraban en los Estados Unidos de manera temporal.


¿Qué significa?
Toda persona nacida en los Estados Unidos, independientemente del estatus migratorio
de sus padres, aún es en los hechos y por ley ciudadana estadounidense. El gobierno
está solicitando una nueva audiencia del caso y el Congreso podría considerar
legislación sobre este tema. Sin embargo, hasta que ocurra algún cambio, la
ciudadanía de cualquier persona nacida en los Estados Unidos permanece protegida
como ciudadana estadounidense.

 

El Tribunal Federal Protege a los Inmigrantes que Asisten a la Corte

Pablo Sequen v. Albarran

 

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¿Qué sucedió?

Un tribunal federal dictaminó que ICE no puede arrestar a determinadas personas
únicamente por asistir a procedimientos judiciales cubiertos por la orden del tribunal. La
decisión tiene como objetivo proteger el acceso a los tribunales y reducir el temor de
que las personas sean arrestadas mientras comparecen en audiencias judiciales
obligatorias.


¿Quiénes son afectados?
Esta decisión puede brindar protección a algunas personas que asisten a la corte
según lo exige la ley. Sin embargo, la resolución no se aplica a todas las personas ni a
todos los tribunales.


¿Qué significa?

Si tiene una audiencia judicial, no deje de asistir por miedo a ser arrestado. En lugar deello, hable con su abogado antes de la fecha de su audiencia para comprender susderechos y conocer cualquier riesgo potencial.

 

El Tribunal de Apelaciones del Circuito de D.C. permite la expulsión
acelerada para personas arrestadas dentro del país durante los primeros dos años de su ingreso

Make The Road New York contra Mullin

 

¿Qué sucedió?
El 23 de junio de 2026, el Tribunal de Apelaciones del Circuito de D.C. determinó que la
política del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), que amplía el uso de la
expulsión acelerada (expedited removal) en todo el país para ciertos no ciudadanos
que no pueden demostrar al menos dos años de presencia física continua en Estados
Unidos, probablemente no viola el debido proceso legal.

 

¿Quiénes son afectados?
Cualquier persona que haya residido en Estados Unidos por menos de dos años y no
tenga un estatus migratorio legal.


¿Qué significa?
Las personas que se encuentran en Estados Unidos sin un estatus migratorio legal
deben dar prioridad a reunir pruebas que demuestren su presencia física en Estados
Unidos, para poder demostrar que estas políticas de expulsión acelerada no les son
aplicables.

 

Por ejemplo, registros escolares o médicos, contratos de alquiler, declaraciones de
impuestos y cualquier documento que muestre una fecha y una ubicación dentro de
Estados Unidos.

 

El Tribunal Anula las Políticas de USCIS sobre Suspensión y Revisión de Casos

Dorcas International contra USCIS

 

¿Qué sucedió?
El 5 de junio de 2026, un Tribunal de Distrito de los Estados Unidos anuló cuatro
políticas de USCIS que imponían suspensiones en la adjudicación de solicitudes,
procedimientos de revisión reforzados y consideraciones discrecionales negativas para
ciertos no ciudadanos provenientes de países sujetos a restricciones de viaje. El
tribunal determinó que la Política de Suspensión Global de Asilo, la Política de
Suspensión de Beneficios, la Política de Revisión Integral y la Política de Factores
Específicos por País violaban la Ley de Procedimiento Administrativo, ya que eran
contrarias a la ley y resultaban arbitrarias e injustificadas.


El tribunal concluyó que USCIS carecía de autoridad legal y reglamentaria para
implementar estas políticas y que había extendido indebidamente preocupaciones de
seguridad nacional al proceso de adjudicación de beneficios migratorios. Además,
determinó que la agencia no proporcionó una justificación razonada para dichas
políticas, no consideró adecuadamente los importantes intereses de los solicitantes
cuyos casos fueron retrasados o suspendidos, y se basó en argumentos de seguridad
nacional que no estaban respaldados por el expediente administrativo.


¿Quiénes son afectados?
Las personas con solicitudes pendientes ante USCIS provenientes de los siguientes
países sujetos a restricciones de viaje: Afganistán, Birmania (Myanmar), Chad,
República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán,
Yemen, Burkina Faso, Laos, Malí, Níger, Sierra Leona, Sudán del Sur, Siria, Burundi,
Cuba, Togo, Venezuela, Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Costa de Marfil, Dominica,
Gabón, Gambia, Malawi, Mauritania, Nigeria, Senegal, Tanzania, Tonga, Zambia y
Zimbabue.


¿Qué significa?
El 12 de junio, USCIS emitió una alerta informativa indicando que cumplirá con la orden
judicial del 5 de junio. USCIS debería comenzar a tomar decisiones sobre las
solicitudes de asilo afirmativo, así como otras solicitudes de beneficios migratorios

presentadas por personas provenientes de los 39 países afectados por las restricciones
de viaje. Los oficiales de inmigración no deberían utilizar factores discrecionales
basados específicamente en el país de origen para perjudicar a solicitantes
individuales. Los solicitantes deben estar preparados para citar la orden judicial y la
alerta informativa de USCIS si consideran que la agencia no está cumpliendo con lo
dispuesto por el tribunal.

 

El Tribunal de Distrito Anula la Tarifa Suplementaria de $100,000 para la
Visa H‑1B; la Tarifa Sigue Vigente Mientras se Revisa la Apelación
Estado de California contra Mullin:

 

¿Qué sucedió?
El 8 de junio de 2026, el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de
Massachusetts anuló la política del gobierno federal que exigía a los empleadores que
presentaran nuevas peticiones de visa H‑1B pagar una tarifa suplementaria de $100,000 en todo el país. El tribunal determinó que este pago funcionaba como un impuesto, y no como una tarifa migratoria permitida por la ley y concluyó que el Presidente no tiene la autoridad para imponer dicho impuesto.

¿Quiénes son afectados?
Los empleadores estadounidenses y las corporaciones multinacionales que presentan
peticiones de visa H‑1B para trabajadores extranjeros que residen fuera de los Estados
Unidos.

¿Qué significa?
A pesar de la orden del tribunal, el gobierno apeló la decisión y presentó una solicitud
de emergencia para suspender temporalmente sus efectos mientras se resuelve la
apelación. Por lo tanto, el requisito de pagar la tarifa suplementaria de $100,000
continúa vigente hasta que el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito tome una
decisión adicional sobre el caso.
 

 

La Corte Suprema Permite al Gobierno Rechazar a Algunos Solicitantes de Asilo en la Frontera

Mullin contra Al Otro Lado

 

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¿Qué sucedió?
La Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó que el gobierno federal puede
continuar negando a muchos solicitantes de asilo la oportunidad de solicitar asilo en los
puertos de entrada ubicados en la frontera entre Estados Unidos y México, conforme a
la política impugnada. La Corte determinó que las personas que aún se encuentran
fuera de los Estados Unidos, por lo general, no pueden recurrir a los tribunales
estadounidenses para impugnar estas decisiones.

Señaló que una persona extranjera que se encuentra en México no “llega a los Estados
Unidos” simplemente por intentar ingresar al país sin lograrlo. Cualquier persona
extranjera “llega a los Estados Unidos” únicamente cuando cruza la frontera. Por lo
tanto, la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) no otorga a una persona que
permanece en México el derecho a solicitar asilo ni exige que un oficial de inmigración
la inspeccione.

¿Quiénes son afectados?
- Personas que buscan solicitar asilo en la frontera entre Estados Unidos y
México.
- Familias que esperan fuera de los Estados Unidos para solicitar protección.

¿Qué significa?
Puede resultar más difícil para las personas que se encuentran fuera de los Estados
Unidos solicitar asilo en un puerto de entrada. Cada situación es diferente, por lo que
es importante hablar con un abogado de inmigración antes de hacer planes de viaje o
presentarse en la frontera para solicitar protección.

 

La Decisión de la Corte Suprema sobre Residentes Permanentes que

Regresan a los Estados Unidos
Blanche contra Lau

 

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¿Qué Sucedió?
La Corte Suprema dictaminó que los oficiales de inmigración no necesitan contar con
“pruebas claras y convincentes” de que un residente permanente legal (persona que
posee una Green Card) que regresa a los Estados Unidos cometió un delito antes de
tratar a esa persona como alguien que está solicitando admisión al país.
Posteriormente, el gobierno podrá intentar demostrar dichas acusaciones durante los
procedimientos migratorios.

 

Quiénes son afectados?

- Residentes permanentes legales (titulares de una tarjeta de residencia o green
card).
- En particular, aquellos que tienen cargos penales pendientes o condenas
penales y viajan fuera de los Estados Unidos.


¿Qué significa?
Si usted tiene una green card y ha sido arrestado, acusado o condenado por un delito,
viajar fuera de los Estados Unidos puede implicar mayores riesgos migratorios que
antes.


¿Qué debe hacer?
No viaje al extranjero hasta haber consultado con un abogado de inmigración con
experiencia.

 

Actualización sobre los Permisos de Trabajo de DACA

 

Anteriormente, al gobierno le tomaba tan solo dos semanas procesar las renovaciones

de DACA y los permisos de trabajo. Actualmente, las solicitudes de renovación de

DACA y de permisos de trabajo han alcanzado niveles récord, y en muchos casos

tardan más de seis meses en ser procesadas. Como resultado, personas en todo el

país que presentaron sus solicitudes de DACA dentro de un período razonable aún no

han recibido sus permisos de trabajo.

 

¿Qué significa?

Debido a que las renovaciones de los permisos de trabajo bajo DACA

no cuentan con una extensión automática (de hecho, estas extensiones automáticas ya

no existen para nadie), muchos empleadores se han visto obligados a despedir a estos

trabajadores cuando sus permisos expiraron. Esto ha provocado que miles de

beneficiarios de DACA hayan perdido sus empleos.

 

Es importante saber que el gobierno ya eliminó la restricción que impedía presentar

una solicitud de renovación de DACA con más de 150 días (5 meses) de anticipación.

Por ello, si estos tiempos de procesamiento continúan, recomendamos que los

beneficiarios de DACA presenten sus solicitudes de renovación al menos seis

meses antes de la fecha de vencimiento de su permiso de trabajo. Así es, esto

puede significar que el solicitante pierda parte del tiempo de validez restante de su

permiso de trabajo actual, pero ayuda a reducir el riesgo de quedarse sin autorización

para trabajar y, por lo tanto, de perder el empleo. Antes de presentar una solicitud de

renovación, consulte con un abogado de inmigración con experiencia para verificar los

tiempos de procesamiento actuales, ya que los plazos publicados oficialmente pueden

diferir significativamente de la realidad.

 

 Las Tarifas para las Solicitudes de Ciudadanía Aumentarán

 

¿Qué sucedió?

El gobierno federal ha anunciado un aumento en las tarifas de presentación para las

solicitudes de naturalización (ciudadanía estadounidense). Las nuevas tarifas entrarán

en vigor conforme a una norma reciente publicada en el Registro Federal.

 

¿Quiénes son afectados?

Cualquier persona que esté planeando solicitar la ciudadanía estadounidense.

 

¿Qué significa?

Si usted reúne los requisitos para convertirse en ciudadano estadounidense, presentar

su solicitud lo antes posible podría ayudarle a evitar el pago de la tarifa más alta una

vez que entre en vigor. Aunque todavía no se sabe si estos aumentos se implementarán ni cuándo lo harán, la propuesta está abierta a comentarios públicos hasta el 24 de agosto de 2026. Por lo tanto, cualquier norma final que apruebe un aumento de tarifas entraría en vigor después de esa fecha.

 

Si no está seguro de si cumple con los requisitos para obtener la ciudadanía, nuestra

oficina puede ayudarle a revisar su elegibilidad.

 

 Opciones Proactivas para Casos Retrasados Pendientes ante USCIS

 

En ocasiones, existen situaciones en las que no puede esperar el tiempo de

procesamiento publicado para que se adjudique su solicitud migratoria. El tiempo de

procesamiento puede ser excesivo y causar dificultades significativas. Si ha realizado

una consulta a USCIS y no ha obtenido resultados, considere las siguientes tres

opciones:

 

1. Solicitar el trámite acelerado (expedite) de su caso. Para calificar, debe

demostrar alguna de las siguientes circunstancias: Pérdida económica grave,

Una emergencia o una situación humanitaria urgente, Trabajo para una

organización sin fines de lucro que promueva un interés de los Estados Unidos,

Una razón que satisfaga un interés del gobierno estadounidense (por ejemplo,

una solicitud de una agencia federal, estatal o local). O demostrar un error

cometido por USCIS. Sin embargo, no basta con simplemente solicitarlo. Es

necesario presentar documentación y evidencia que respalden la petición.

 

2. Presentar una consulta ante un miembro del Congreso (Congressional

Inquiry). Como alternativa, puede comunicarse con su representante en el

Congreso (Cámara de Representantes o Senado) y solicitar que presente una

consulta ante USCIS en su nombre. Por lo general, esto requiere que su caso se

encuentre fuera del tiempo normal de procesamiento o que exista una razón

justificada por la cual necesita que su solicitud sea procesada con mayor

rapidez.

 

3. Presentar una demanda de mandamus. Finalmente, puede presentar una

acción de mandamus ante un tribunal federal, solicitando que el gobierno federal

cumpla con su obligación de procesar su solicitud de manera razonable y dentro

de un plazo adecuado. Esta opción implica costos y, por lo general, requiere la

asistencia de un abogado de inmigración con experiencia.

 

Recuerde

Las leyes de inmigración cambian con frecuencia. Una decisión judicial vigente hoy

puede ser modificada por otro tribunal en el futuro.

 

Antes de viajar fuera de los Estados Unidos, solicitar beneficios migratorios o tomar

decisiones importantes sobre su caso, consulte con un abogado de inmigración con

experiencia.

 

Estamos Aquí para Ayudarle

Si tiene preguntas sobre estas actualizaciones o sobre su caso de inmigración,

comuníquese con nuestra oficina.

 

Con gusto analizaremos sus opciones y le ayudaremos a comprender cómo estos

cambios pueden afectarlos a usted y a su familia.

 

Por lo tanto, si está cansado de esperar que su caso sea procesado o considera

que los tiempos de procesamiento extraordinariamente largos son irrazonables, no

dude en comunicarse con nuestra oficina para programar una consulta.

Revisaremos su situación y evaluaremos qué medidas pueden tomarse para ayudar

a que su caso vuelva a avanzar.