Las leyes de inmigración y las decisiones de los tribunales están cambiando rápidamente. A continuación, compartimos algunas actualizaciones importantes que podrían afectarle a usted o a sus seres queridos.
La Corte Suprema de Estados Unidos confirmala ciudadanía por nacimiento Trump contra Barbara, y otros.
¿Qué Sucedió?
El 30 de junio de 2026, la Corte Suprema confirmó la ciudadanía por nacimiento,
sosteniendo que los niños “nacidos en los Estados Unidos de padres que se
encuentran en el país de manera ilegal o temporal están ‘sujetos a la jurisdicción’ de los
Estados Unidos y son ciudadanos al nacer” conforme a la cláusula de ciudadanía por
nacimiento de la Decimocuarta Enmienda. La decisión anuló la Orden Ejecutiva 14160,
emitida el 20 de enero de 2025, el primer día de Donald Trump en el cargo, que
intentaba poner fin a la ciudadanía por nacimiento para los niños nacidos en los
Estados Unidos de padres que se encontraban en el país de manera ilegal o que
estaban legalmente presentes, pero solo de forma temporal.
¿Quiénes son afectados?
Los ciudadanos estadounidenses que nacieron en los Estados Unidos de padres que
no tenían un estatus migratorio legal en el momento de su nacimiento o que se
encontraban en los Estados Unidos de manera temporal.
¿Qué significa?
Toda persona nacida en los Estados Unidos, independientemente del estatus migratorio
de sus padres, aún es en los hechos y por ley ciudadana estadounidense. El gobierno
está solicitando una nueva audiencia del caso y el Congreso podría considerar
legislación sobre este tema. Sin embargo, hasta que ocurra algún cambio, la
ciudadanía de cualquier persona nacida en los Estados Unidos permanece protegida
como ciudadana estadounidense.
El Tribunal Federal Protege a los Inmigrantes que Asisten a la Corte
Pablo Sequen v. Albarran

¿Qué sucedió?
Un tribunal federal dictaminó que ICE no puede arrestar a determinadas personas
únicamente por asistir a procedimientos judiciales cubiertos por la orden del tribunal. La
decisión tiene como objetivo proteger el acceso a los tribunales y reducir el temor de
que las personas sean arrestadas mientras comparecen en audiencias judiciales
obligatorias.
¿Quiénes son afectados?
Esta decisión puede brindar protección a algunas personas que asisten a la corte
según lo exige la ley. Sin embargo, la resolución no se aplica a todas las personas ni a
todos los tribunales.
¿Qué significa?
Si tiene una audiencia judicial, no deje de asistir por miedo a ser arrestado. En lugar deello, hable con su abogado antes de la fecha de su audiencia para comprender susderechos y conocer cualquier riesgo potencial.
El Tribunal de Apelaciones del Circuito de D.C. permite la expulsión
acelerada para personas arrestadas dentro del país durante los primeros dos años de su ingreso
Make The Road New York contra Mullin
¿Qué sucedió?
El 23 de junio de 2026, el Tribunal de Apelaciones del Circuito de D.C. determinó que la
política del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), que amplía el uso de la
expulsión acelerada (expedited removal) en todo el país para ciertos no ciudadanos
que no pueden demostrar al menos dos años de presencia física continua en Estados
Unidos, probablemente no viola el debido proceso legal.
¿Quiénes son afectados?
Cualquier persona que haya residido en Estados Unidos por menos de dos años y no
tenga un estatus migratorio legal.
¿Qué significa?
Las personas que se encuentran en Estados Unidos sin un estatus migratorio legal
deben dar prioridad a reunir pruebas que demuestren su presencia física en Estados
Unidos, para poder demostrar que estas políticas de expulsión acelerada no les son
aplicables.
Por ejemplo, registros escolares o médicos, contratos de alquiler, declaraciones de
impuestos y cualquier documento que muestre una fecha y una ubicación dentro de
Estados Unidos.
El Tribunal Anula las Políticas de USCIS sobre Suspensión y Revisión de Casos
Dorcas International contra USCIS
¿Qué sucedió?
El 5 de junio de 2026, un Tribunal de Distrito de los Estados Unidos anuló cuatro
políticas de USCIS que imponían suspensiones en la adjudicación de solicitudes,
procedimientos de revisión reforzados y consideraciones discrecionales negativas para
ciertos no ciudadanos provenientes de países sujetos a restricciones de viaje. El
tribunal determinó que la Política de Suspensión Global de Asilo, la Política de
Suspensión de Beneficios, la Política de Revisión Integral y la Política de Factores
Específicos por País violaban la Ley de Procedimiento Administrativo, ya que eran
contrarias a la ley y resultaban arbitrarias e injustificadas.
El tribunal concluyó que USCIS carecía de autoridad legal y reglamentaria para
implementar estas políticas y que había extendido indebidamente preocupaciones de
seguridad nacional al proceso de adjudicación de beneficios migratorios. Además,
determinó que la agencia no proporcionó una justificación razonada para dichas
políticas, no consideró adecuadamente los importantes intereses de los solicitantes
cuyos casos fueron retrasados o suspendidos, y se basó en argumentos de seguridad
nacional que no estaban respaldados por el expediente administrativo.
¿Quiénes son afectados?
Las personas con solicitudes pendientes ante USCIS provenientes de los siguientes
países sujetos a restricciones de viaje: Afganistán, Birmania (Myanmar), Chad,
República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán,
Yemen, Burkina Faso, Laos, Malí, Níger, Sierra Leona, Sudán del Sur, Siria, Burundi,
Cuba, Togo, Venezuela, Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Costa de Marfil, Dominica,
Gabón, Gambia, Malawi, Mauritania, Nigeria, Senegal, Tanzania, Tonga, Zambia y
Zimbabue.
¿Qué significa?
El 12 de junio, USCIS emitió una alerta informativa indicando que cumplirá con la orden
judicial del 5 de junio. USCIS debería comenzar a tomar decisiones sobre las
solicitudes de asilo afirmativo, así como otras solicitudes de beneficios migratorios
presentadas por personas provenientes de los 39 países afectados por las restricciones
de viaje. Los oficiales de inmigración no deberían utilizar factores discrecionales
basados específicamente en el país de origen para perjudicar a solicitantes
individuales. Los solicitantes deben estar preparados para citar la orden judicial y la
alerta informativa de USCIS si consideran que la agencia no está cumpliendo con lo
dispuesto por el tribunal.
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El Tribunal de Distrito Anula la Tarifa Suplementaria de $100,000 para la
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