El 22 de abril del 2020, Presidente Trump publicó una proclamación que afecta la entrada de inmigrantes a los Estados Unidos. La Proclamación sera implementada a las 11:59 p.m. del 23 de abril de 2020.
De conformidad con la orden, los Estados Unidos suspenderá la entrada de inmigrantes a los Estados Unidos durante 60 días a partir de la fecha de vigencia de la orden. Es importante notar que la suspensión sólo se aplica a las personas que actualmente están fuera de los Estados Unidos.
La suspensión NO le aplica a los siguientes individuos:
- Cónyuges e hijos menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses;
- Personas que han recibido sus visas de inmigrante o tienen otros documentos de viaje válidos (como una carta de transporte, una tarjeta de embarque o un documento de entrada condicional (parole)) a partir de la fecha de vigencia de la orden;
- Residentes permanentes legales de los Estados Unidos;
- Personas que solicitan una visa de inmigrante como médico, enfermero u otro profesional de salud;
- Posibles adoptados que buscan entrada a los Estados Unidos bajo la clasificacíon de visa IR-4 o IH-4;
- Cualquier extranjero cuya entrada tendría objetivos importantes en la aplicación de leyes en los Estados Unidos;
- Miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y cualquier cónyuge e hijos de un miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos;
- Personas que ingresen con una Visa Especial de Inmigrante en la clasificación SI o SQ, y cualquier cónyuge e hijos de cualquier individuo; o
- Cualquier persona cuya entrada sería de interés nacional, según lo determine el Secretario de Estado, el Secretario de Seguridad Nacional, o sus designados respectivos.
Por último, la orden no se aplica actualmente a los no inmigrantes. Esta proclamación puede expandirse más allá de los 60 días y podría aplicarse a otros grupos de personas que buscan beneficios de inmigración en los Estados Unidos. USILG continuará monitoreando la situación y notificará a nuestros clientes y partes interesadas de nuevas noticias.